- LEY DE EDUCACIÓN NACIONAL
Enseñar es hoy la prioridad
La sociedad argentina es todavía profundamente desigual. Miles de niños aún son parte de una sociedad donde la desocupación, la pobreza y la exclusión social expresan de manera desgarradora la enorme deuda que tenemos con ellos y con su futuro.
Frente a este panorama, ¿qué pueden ofrecer las escuelas? En primer lugar, mayores oportunidades de aprender aquellos saberes necesarios para integrarse plenamente en la sociedad. Saberes que deben estar al alcance de todos los niños y las niñas del país, de manera tal que nos permita a todos los argentinos compartir el "mundo", y reafirmar, desde el Estado, el derecho y la oportunidad de todos a acceder a nuestra cultura.
LEY N° 26.206
LEY DE EDUCACIÓN NACIONAL
TÍTULO I - DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO II: FINES Y OBJETIVOS DE LA POLÍTICA EDUCATIVA NACIONAL
ARTÍCULO 11.-
t) Brindar una formación que estimule la creatividad, el gusto y la comprensión de las distintas manifestaciones del arte y la cultura.
TITULO II: EL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL
CAPÍTULO II: EDUCACIÓN INICIAL
e) Desarrollar la capacidad de expresión y comunicación a través de los distintos lenguajes, verbales y no verbales: el movimiento, la música, la expresión plástica y la literatura.